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VEGA MARIELA PAOLA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La homologación del acuerdo entre las partes en el proceso laboral y la consecuente aprobación judicial; el tribunal decide homologar el acuerdo, destacando que la pericia médica y contable respaldan la inexistencia de incapacidad laborativa indemnizable y que el acuerdo es justo y conforme a la ley.

Pericia medica Incapacidad laboral Costas procesales Honorarios profesionales Pericia contable Tasa de justicia Accion de revision Ley 15.057 Homologacion de acuerdo laboral Art. 15 de la l.c.t.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La demandante, VEGA MARIELA PAOLA, demanda a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en el marco de una acción de revisión judicial.
- El tribunal analiza una propuesta de acuerdo entre las partes, la cual ha sido ratificada en audiencia y respaldada por pericia médica y contable.
- La resolución del tribunal consiste en homologar dicho acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos e intereses.
- Se impone costas a la parte demandada, excepto los honorarios de la actora, que se regulan en la suma de $284.788 para cada letrado, más IVA y aportes previsionales.
- Se regula además el pago de honorarios de los peritos y se ordena el cumplimiento de la tasa de justicia y contribución correspondiente, con instrucciones para el pago y notificación.
- La fundamentación principal señala: "el acuerdo presentado por las partes [...] se encuentra respaldado por la documentación acompañada [...] no vulnera ningún principio de orden público y, dado que los términos del mismo constituyen en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes, de conformidad con lo dispuesto por el art. 15 de la L.C.T., resultaría procedente la homologación solicitada".
- Se concluye que el acuerdo cumple con los requisitos legales, es justo y no contraviene normas de orden público, por lo que debe homologarse.
- Disidencias o votos en disidencia no aparecen en el texto.

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