ESPINO HUAMAN RICHAR EDUARDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La demanda por acción de revisión de resolución administrativa en materia de riesgos del trabajo fue rechazada. El tribunal concluyó que el actor no acreditó incapacidad laboral vinculada a su actividad laboral, confirmando la decisión administrativa de carácter no profesional basada en pericia médica.
El actor, Espino Huaman, demandó a Federación Patronal Seguros S.A. por una indemnización por enfermedad profesional, específicamente hipoacusia neurosensorial bilateral. La demanda fue fundada en que la litigante consideraba que la patología tenía origen laboral y no preexistente, reclamando una incapacidad del 18.52%. La Comisión Médica de Pilar, tras realizar peritajes, dictaminó que la patología no era de origen laboral, calificándola como enfermedad inculpable, y en consecuencia, rechazó la contingencia. La sentencia judicial, tras evaluar la prueba y los informes periciales, confirmó que no existía relación causal entre la patología y las tareas laborales del actor. Se concluyó que la pericia médica era suficiente, que la enfermedad no guardaba relación con el trabajo, y por ende, se rechazó la demanda en todos sus términos. Los fundamentos principales residen en que las audiometrías y estudios médicos demostraron variaciones que indicaban simulación o exageración, y que la patología no cumple con los requisitos de una enfermedad profesional según la normativa vigente. El tribunal destacó que la prueba pericial, calificada como solvente, corroboró la inexistencia de incapacidad laboral vinculada con el empleo.
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