NAVARRO OSVALDO PEDRO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de San Isidro ratificó la condena a la aseguradora por responsabilidad en accidente laboral y declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos normativos. La sentencia ordena el pago actualizado de la indemnización y rechaza la excepción de inconstitucionalidad planteada por la parte demandada.
- Quién demanda: Osvaldo Pedro Navarro, en representación de la Dra. Maria Eugenia Lupi Serres.
- A quién se demanda: PROVINCIA ART S.A.
- Qué se reclama: Revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional y pago de $568.000,82 por indemnización de daños laborales.
- Qué se resolvió: Se hace lugar a la demanda y se condena a la aseguradora al pago de la suma establecida, actualizada por el índice RIPTE más un interés del 6% anual desde la primera manifestación invalidante. Además, se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19, art. 12 inc. 2 y 3 de la ley 24.557 y arts. 7 y 10 de la ley 23.928.
Fundamentos:
La sentencia destaca que la aseguradora reconoció la denuncia y otorgó prestaciones médicas, por lo que se acreditó la responsabilidad laboral.
Se determinó una incapacidad total del 7,73% basada en informes periciales y antecedentes administrativos.
La actualización del crédito se realiza conforme a la nueva doctrina legal que permite la inconstitucionalidad de normas que impiden la adecuada protección del crédito, aplicando el índice RIPTE y un interés del 6%.
Se rechaza la excepción de inconstitucionalidad planteada por la parte demandada por no haber sido solicitada expresamente y sin fundamentación específica en el proceso.
Se impusieron las costas a la parte vencida, con regulación de honorarios.
La sentencia confirma la condena y ordena el depósito del monto en el plazo establecido.
Se declara la inconstitucionalidad de las normas mencionadas, en línea con la doctrina de la Corte provincial y la jurisprudencia constitucional.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: