LEZCANO PEDRO ALEJANDRO C/ GALENO ART S A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Trabajo de San Martín confirmó la procedencia de la demanda por incapacidad laboral tras la evaluación pericial, estableciendo una incapacidad psicofísica del 18,5%, y condenando a la aseguradora a pagar la indemnización correspondiente. La resolución se fundamenta en la valoración de la incapacidad y en la constitucionalidad de las leyes aplicadas.
- Quién demanda: Pedro Alejandro Lezcano
- A quién se demanda: Galeno ART S.A
- Qué se reclama: Prestaciones dinerarias por incapacidad laboral derivada del accidente ocurrido el 18/12/2023 y su valoración pericial, incluyendo la liquidación de la indemnización.
- Qué se resolvió: La sentencia hizo lugar a la demanda, determinando una incapacidad psicofísica del 18,5%, condenando a la aseguradora a abonar la suma de $28.680.925,38 en concepto de indemnización, y rechazando las excepciones y planteos de inconstitucionalidad.
- Fundamentos principales:
"La pericial médica asigna un 24% de incapacidad parcial y permanente, que incluye incapacidad física y psíquica, siendo correcto el porcentaje por la lesión ligamentaria en tobillo, y atendible la incapacidad psicológica, que se cuantifica en un 5%. La incapacidad total definitiva del 18,5% resulta acorde con las lesiones y la evaluación psiquiátrica."
"De acuerdo con la normativa aplicable, la incapacidad se valúa en la suma de $28.680.925,38, monto que debe abonarse en el plazo de 10 días, con intereses por mora si correspondiere, y costas a cargo de la parte demandada por ser vencida."
"Se rechazan las excepciones de incompetencia, inconstitucionalidad y defectos legales, y se confirma la liquidación de indemnización."
"Las resoluciones administrativas y leyes invocadas no se contraponen a la normativa vigente, y se aplican los porcentajes y fórmulas de liquidación correspondientes."
"El fallo además destaca la constitucionalidad de las leyes y la aplicabilidad del marco legal en la determinación de la incapacidad y la indemnización."
"La sentencia también ordena la notificación electrónica y el cumplimiento en los plazos establecidos."
"Las costas se imponen a la demandada, y la regulación de honorarios queda pendiente de aprobación definitiva."
"Se declara la sentencia publicada en la Mesa de Entradas Virtual de la SCBA, y se practican las liquidaciones correspondientes."
"No se conceden recursos adicionales ni planteos de inconstitucionalidad, que resultan abstractos en la resolución."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: