GIUSTO JULIO CESAR C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La demanda de Julio Cesar Giusto por prestaciones por enfermedad profesional fue rechazada por el tribunal, que consideró que la pericia médica no acreditó la incapacidad suficiente y que la exposición laboral no fue comprobada. La sentencia fundamenta que la impugnación pericial y la falta de cumplimiento del baremo impiden reconocer la incapacidad reclamada.
La parte actora, Julio Cesar Giusto, promovió demanda por enfermedad profesional, específicamente hipoacusia y daños relacionados, relacionados con su exposición a ruidos en su empleo en Textil Amesud S.A. La demandada, OMINT, negó la exposición y rechazó la contingencia, argumentando que no existía vínculo laboral con riesgo y que la enfermedad no estaba incluida en el listado del Decreto 658/96. La pericial médica, Dra. María Fernanda Goin, evaluó una incapacidad del 16,36%, pero fue impugnada por la parte demandada por no cumplir los requisitos del Baremo de Ley 24.557, especialmente respecto a las audiometrías y estudios necesarios para determinar el daño auditivo. El tribunal concluyó que la pericia no cumplió con las pautas establecidas y que, en consecuencia, no se acreditó la incapacidad en los términos del baremo, por lo que rechazó la acción. La sentencia también declaró abstracto el tratamiento de la falta de legitimación pasiva y las inconstitucionalidades, imponiendo las costas al actor y reservándose la regulación de honorarios hasta la firmeza de la sentencia.
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