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ROMERO SERGIO RAÚL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La sentencia de primera instancia declara procedente la acción de revisión y condena a la aseguradora a abonar una indemnización por incapacidad física permanente, confirmando la liquidación y monto establecidos.

Accidente laboral Revision de indemnizacion

El actor, Sergio Raúl Romero, demanda contra Federación Patronal Seguros SAU tras sufrir un accidente laboral el 04/01/2023, que le generó una incapacidad física parcial y permanente del 6.5% de la T.O. (total de 12% en psicofísica), luego de la pericial médica. La causa se sustenta en que el accidente fue aceptado como tal en el expediente administrativo, y se acreditó la existencia de cobertura asegurativa y cumplimiento del trámite previo. La pericial concluyó que el actor presenta un 5% de incapacidad física y un 7.5% adicional por factores de ponderación (dificultad y edad), totalizando un 6.5% de incapacidad permanente. La sentencia hace lugar a la acción, considerando que la incapacidad está en relación causal con el accidente, y establece una indemnización total de $4.449.367,90, actualizado por RIPTE. La resolución destaca que las resoluciones que aplican criterios más gravosos para el trabajador, contrarias a la normativa vigente, son rechazadas. La condena incluye el pago en plazo y con intereses, costas a la parte demandada y la regulación de honorarios en su oportunidad. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "El informe pericial, basado en el Baremo de Ley 24.557, asigna un 5% de incapacidad física en el tobillo derecho, y un 7% de incapacidad psicológica, con factores de ponderación que incrementan el porcentaje total a un 12% de incapacidad psicofísica. Sin embargo, por motivos de fundamentación, el tribunal decide considerar solo el 6.5% en relación causal, basándose en que la incapacidad psicológica no guarda relación causal con el hecho dañoso, atendiendo a que los tests revelan dificultad para instrumentar defensas efectivas con debilidad en sus recursos." "Se acreditó que el accidente fue aceptado como accidente laboral, y que la cobertura asegurativa estaba vigente en el momento del siniestro. La liquidación de la indemnización se ajusta a los parámetros establecidos en la normativa aplicable, siendo que las resoluciones de la SRT que resultan más gravosas para el trabajador son rechazadas por contradecir el principio de progresividad de derechos." "En virtud del porcentaje de incapacidad establecido y la existencia de cobertura en el marco de la Ley 24.557, corresponde hacer lugar a la acción y condenar a la aseguradora a abonar la suma de $4.449.367,90, en concepto de indemnización, con intereses y en las condiciones señaladas."

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