CABRERA JUAN IVAN C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia de primera instancia declara procedente la demanda de revisión y condena a la aseguradora a pagar una indemnización por incapacidad permanente derivada de accidente laboral in itinere, con condena en costas y regulación de honorarios. La sentencia fundamenta que la incapacidad del actor es del 45,21%, calculada conforme a la normativa vigente y los informes periciales, y que la acción de revisión es procedente por la existencia de cobertura asegurativa, trámite previo cumplido y relación causal acreditada. La sentencia también rechaza las impugnaciones a los informes periciales y establece un pago de suma millonaria, con intereses y costas a cargo de la demandada.
El actor, Juan Ivan Cabrera, demanda contra Federación Patronal Seguros S.A. en el marco de una acción de revisión de la resolución homologatoria de la Comisión Médica, por secuelas y grado de incapacidad derivadas de un accidente laboral in itinere ocurrido el 20/08/2020, que le generó un porcentaje de incapacidad del 45,21%, según peritajes médicos. La parte actora sostiene que la resolución administrativa que le asignó un 17,5% de incapacidad es insuficiente y que las secuelas y daño psicológico deben ser indemnizadas. La demandada, en su defensa, impugna los informes periciales y la liquidación, argumentando que las secuelas y la incapacidad son sobrevaloradas, y que las limitaciones ya estarían contempladas en los diagnósticos. La sentencia analiza y ratifica los informes periciales, rechazando las impugnaciones, y concluye que la acción de revisión es procedente ante la existencia de cobertura asegurativa, relación causal, y el porcentaje de incapacidad del 45,21%. Se condena a la aseguradora a pagar más de 53 millones de pesos, con intereses y costas. La sentencia fundamenta que el método empleado por los peritos es correcto y que las impugnaciones carecen de sustento científico y técnico suficiente para revertir las conclusiones.
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