LAURENT EVELIN LUCRECIA C/ PEREYRA JULIO CESAR S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, estableciendo el pago de $2.000.000 en tres cuotas y regulando costas y honorarios. La decisión se fundamentó en que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Laurent Evelin Lucrecia, demanda a Julio César Pereyra por despido. La resolución homologó un acuerdo conciliatorio celebrado el 20/5/25, en el cual la demandada se compromete a pagar la suma de $2.000.000 en tres cuotas, con fechas de depósito en junio, julio y agosto. La sentencia destacó que la conciliación arribada entre las partes no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Además, se dispuso que las costas son a cargo de la demandada, que los honorarios de los abogados se regulan en función de los Jus correspondientes, y que la primera cuota debe acreditarse dentro de los primeros 10 días de junio, bajo apercibimiento de ley. El tribunal también reguló aspectos relacionados con la comunicación de pagos mediante transferencias electrónicas, la documentación a retirar, y la notificación de honorarios conforme a la ley 14967. La homologación se fundamentó en que la conciliación favorece la celeridad y no contraviene principios de orden público, por lo que se hizo lugar a la misma, confirmando el acuerdo alcanzado.
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