VILETTO MONICA REBECA C/ ALONSO MARIA CRISTINA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral, autorizando la suma de $5.340.000 en una sola cuota, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal. La homologación fue fundamentada en el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante, Viletto Monica Rebeca, promovió una homologación de un acuerdo conciliatorio con la demandada, Maria Cristina Alonso.
- La controversia versa sobre la homologación de un convenio alcanzado entre las partes, con una suma de $5.340.000, a abonarse en una cuota a los 5 días de notificada la homologación.
- El tribunal consideró que la conciliación arribada el 22/4/2025 no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses, facilitando la celeridad procesal, conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.
- La decisión se fundamentó en que la conciliación es una vía válida para concluir el proceso y que el acuerdo no presenta vicios ni vulnera derechos protegidos, adhiriendo las magistradas a los fundamentos del voto del Dr. Martiareña.
- Se homologó el acuerdo en los términos solicitados, con costas a cargo de la demandada, regulando honorarios y estableciendo mecanismos para el pago y notificación, además de instrucciones sobre tramitación de fondos y documentación.
- El tribunal resaltó que la homologación se ajusta a la normativa vigente, reforzando la validez del acuerdo conciliatorio en el marco del proceso laboral, sin que exista vulneración de principios constitucionales ni legales.
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