PERALTA BRAIAN NAHUEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en un reclamo por accidente de trabajo fue aprobada por el tribunal, que consideró que el convenio cumple con los requisitos legales y no viola principios de orden público. La suma acordada de $2.850.000 se homologó y se ordenó su pago en un solo pago en 20 días hábiles.
- Quién demanda: PERALTA BRAIAN NAHUEL
¿A quién se demanda?
PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
homologación del acuerdo conciliatorio por la suma de $2.850.000, en el marco de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes, en los términos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la ley 24.557, en la suma de $2.850.000, pagaderos en un solo pago a los 20 días hábiles de notificada la homologación. Se establecieron costas a cargo de la demandada, y se regularon honorarios y otras cuestiones formales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la conciliación arribada entre las partes el 4/6/2025 11:00:22 no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT y términos de la ley 24.557." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal." "Que la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)." "Por ello: voto por la homologación del presente convenio conciliatorio." El tribunal adhirió a los fundamentos del voto, homologando el acuerdo.
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