LUQUE LEONAR CLAUDIA NOEMÍ S/ INCIDENTE
El incidente de litigar sin gastos fue resuelto favorablemente a la actora, otorgándole el beneficio en relación con el expediente principal. La decisión se fundamentó en la normativa de gratuidad laboral y la condición de trabajadora de la actora, sin costas por no haber sido causadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Luque Leonar Claudia Noemi, solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el proceso de despido contra Julio David Samora y otro. Tras analizar las constancias y documentación probatoria, el tribunal concluyó que la solicitante cumple con los requisitos del art. 27 de la ley 15.057 y el art. 39, apartado 3, de la Constitución Provincial, por lo cual corresponde hacer lugar a la petición. La sentencia expresó: "El beneficio de litigar sin gastos solicitado es procedente. Ello en base a los siguientes fundamentos. Que conforme lo dispuesto por el art. 27 de la ley 15.057 los y las trabajadoras gozan del beneficio de gratuidad, así como también lo determina el art. 39 ap. 3 de la Constitución Provincial. Sin perjuicio de la prueba producida en los presentes, de las constancias obrantes en los autos principales y documentación acompañada (recibos de sueldo e intercambio telegráfico), así como el tenor de la contestación de demanda en el principal, sin perjuicio de la falta de legitimación pasiva invocada por el codemandado Samora Julio David, tengo por cierto el carácter de trabajadora de la actora, ergo, procede el beneficio otorgado por las normas supra referidas." La decisión también dispuso que no se impongan costas dado que no fueron causadas. La resolución fue aprobada por unanimidad, adhiriendo los jueces Prado y Gallese a los fundamentos del voto del Dr. Martiarena.
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