MUNICIPALIDAD DE AVELLANEDA C/ VALDEZ JOHANNA SOLEDAD S/ EXCLUSION TUTELA SINDICAL (SUMARISIMO)
La Sala de Primera Instancia de Lanús confirmó la decisión de excluir a Johanna Soledad Valdez de la tutela sindical, permitiendo la aplicación de la sanción de cesantía debido a incumplimientos laborales reiterados y objetivos, sin vinculación con actividad sindical, en consonancia con la normativa y jurisprudencia aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Municipalidad de Avellaneda promovió demanda contra Johanna Soledad Valdez, trabajador municipal y delegada gremial, solicitando su exclusión de la tutela sindical para poder aplicar la cesantía que fue decretada en su contra y suspendida en espera de la resolución judicial. La actora denuncia que la trabajadora incurrió en 69 inasistencias injustificadas entre noviembre 2023 y mayo 2024, lo cual constituye un incumplimiento reiterado y objetivo, fundamentando la medida disciplinaria. La demandada fue declarada en rebeldía. La sentencia analiza la documentación probatoria, que acredita la conducta reiterada y sistemática de ausencias injustificadas, y concluye que la sanción de cesantía no responde a motivos antisindicales, sino a incumplimientos laborales objetivos y comprobados. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires avala la exclusión de tutela sindical cuando la medida disciplinaria está fundamentada en incumplimientos laborales objetivos y verificables, desvinculados de causas antisindicales. La decisión judicial, en base a la evidencia y a la normativa aplicable, confirma la procedencia de la exclusión de tutela sindical y la aplicación de la cesantía, con costas a la demandada por haber sido vencida.
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