PAREDES VERONICA MARINA C/ AUTOCREDITO S.A. DE CAPITALIZACION Y OTROS S/ DESPIDO
La sentencia homologó un acuerdo transaccional en un proceso laboral por despido, ordenando su homologación y la ejecución de pagos mediante depósitos judiciales, además de imponer costas y regular honorarios profesionales. La resolución sostiene que el acuerdo cumple con requisitos legales y que la ratificación personal de la actora es esencial para su validez.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Verónica Marina Paredes, presentó un acuerdo transaccional con Autocredito S.A. de Capitalización y otros en un proceso por despido. El tribunal consideró que el acuerdo reúne los requisitos legales para su validez y que la ratificación personal por parte de la actora, efectuada el 19/06/2025, es un requisito esencial. La decisión de homologar el acuerdo se fundamenta en que "en el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones". Además, se dispuso que los pagos se realicen mediante depósitos judiciales, se impusieron costas a la demandada y se reguló la honorarios de los profesionales intervinientes, en línea con la normativa aplicable. La resolución también ordenó la intimación a la parte demandada para que efectúe el pago de la tasa de justicia, y estableció el procedimiento para la apertura de una cuenta bancaria para los depósitos. Disidencias relevantes no se mencionan, y todos los votos coincidieron en la homologación del acuerdo.
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