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ZANCO OSCAR JUAN C/ NFB SRL S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo conciliatorio en un litigio por despido, con pago de $7.000.000, fue aprobada por el tribunal. La decisión se fundamenta en la justa composición de intereses y la conformidad de las partes, conforme a la ley de contrato de trabajo y legislación procesal laboral.

Costas Honorarios profesionales Derecho laboral Acuerdo transaccional Despido Principio protectorio Homologacion de acuerdo conciliatorio Irrenunciabilidad Ley 14967 Ley 15.057

Quién demanda: Oscar Juan Zanco

¿A quién se demanda?

NFB SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio que implica el pago de $7.000.000 por parte de la demandada en concepto de indemnización por despido.

¿Qué se resolvió?

El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio, considerando que presenta una justa composición de derechos e intereses, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La homologación incluye el pago de la suma convenida, la imposición de costas a la demandada, y la regulación de honorarios profesionales, además de otras medidas procesales relacionadas con el cumplimiento del acuerdo. Fundamentos principales: "El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden publico laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT." "Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada. Ello impone la obligación al Tribunal de analizar y evaluar el mérito y la legalidad del acuerdo que proponen las partes." "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente". "El acuerdo garantiza la protección del trabajador y la legalidad del proceso, y cumple con los requisitos establecidos en la normativa laboral, particularmente en lo que respecta a la intervención judicial y la valoración de la justicia y conveniencia del acuerdo."

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