CRIVARO SEBASTIAN MATIAS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral. La Cámara homologó el acuerdo y estableció condiciones para el depósito y pago, eximiendo parcialmente del pago de tasas a la parte demandada. La decisión respeta los principios de orden público y la voluntad de las partes.
- Quién demanda: Sebastián Matías Crivaro
- A quién se demanda: Federación Patronal Seguros SA
- Qué se reclama: Homologación de acuerdo conciliatorio y condiciones de pago por enfermedad profesional
- Qué se resolvió: Se homologó el acuerdo conciliatorio con efectos de cosa juzgada, se ordenó el depósito del pago en cuenta bancaria del actor, se declararon costas a cargo de la demandada, y se eximió parcialmente del pago de tasas.
- Fundamentos principales:
"La homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057). La conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes."
"Asimismo, conforme lo dispuesto por el art. 17 de la ley 27.348, la obligada al pago deberá depositar el capital acordado en una cuenta bancaria perteneciente a Sebastián Matías Crivaro. A tales fines, intimase a la parte actora a que denuncie y acredite en autos la titularidad exclusiva de una cuenta bancaria."
"Las costas son a cargo de la parte demandada (art. 73 del C.P.C.C.). Se exime del pago del 50% del importe correspondiente a la tasa de justicia, y se intimó a la parte demandada a acreditar el pago restante, bajo apercibimiento de ejecución."
"El acuerdo conciliatorio homologado produce efectos de cosa juzgada y respeta los principios de justicia y orden público."
Disidencia: No existen votos en disidencia relevantes.
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