SANCHEZ OSVALDO ALEJANDRO Y OTRO/A C/ PROVINCIA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Apelación en lo Laboral de Quilmes confirmó la regulación de honorarios a favor de los letrados por su actuación en sede administrativa ante la Comisión Médica, elevando la monto a 5 JUS para cada uno, y resolviendo el pago por parte de la demandada, Provincia ART S.A.
La causa se inició por solicitud de regulación de honorarios por parte de los Dres. Osvaldo Alejandro Sanchez y Gustavo Alberto Vieira, en calidad de patrocinantes de la trabajadora Cristina Alicia Rodriguez, en el expediente administrativo SRT 408194/21 ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes. La actora argumentó que su actuación fue oficiosa, ya que lograron que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo reconociera la pretensión reclamada. La demandada, Provincia ART S.A., contestó y solicitó el rechazo del pedido. El tribunal, analizando la normativa aplicable, resaltó que la Ley 27.348 establece que los honorarios por patrocinio en estas actuaciones son a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo, en este caso, Provincia ART S.A., y que la actuación fue de carácter oficioso, con reconocimiento de la pretensión. Se consideró además que, según el art. 44 de la Ley 14.967, los honorarios deben ser, en este caso, de 10 JUS, distribuidos en partes iguales entre los dos letrados. La sentencia ordena a la demandada pagar dichos honorarios, además de los aportes de ley y IVA, y regula el depósito en cuenta bancaria a nombre de los letrados. Las costas del proceso fueron impuestas a la parte vencida, la demandada. Fundamentos principales: "En mérito a lo expuesto, entiendo que deben determinarse los honorarios de los abogados accionantes por su actuación profesional como patrocinantes de la Sra. Cristina Alicia Rodriguez en el Expediente administrativo SRT 408194/21, [...] en la cantidad de 10 JUS; correspondiendo el 50% de ello a cada uno de los letrados reclamantes, en proporción a actuación desplegada y las labores desarrolladas en sede administrativa por cada uno de ellos." "Se hace lugar al reclamo formulado por los Dres. Osvaldo Alejandro Sanchez y Gustavo Alberto Vieira por su actuación profesional [...] condenando a la demandada PROVINCIA ART S.A. a que dentro de diez días abone a los accionantes los honorarios regulados."
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