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LALIFF CINTYA SOLEDAD C/ CALTABIANO ANDREA ESTELA Y OTROS S/ DESPIDO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso por despido; decisión de homologar acuerdo y declarar costas a cargo de la parte demandada

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La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio entre Cintya Soledad Laliff y los demandados en un proceso por despido, sin vulnerar principios de orden público y considerando que la conciliación representa una justa composición de derechos e intereses de las partes. La jueza Bozzola afirmó que la homologación es procedente conforme a los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la ley 15.057. La homologación tiene efecto de cosa juzgada y las costas son a cargo de la demandada. También se dispuso que la parte demandada debe acreditar datos personales y fiscales del actor para la transferencia de fondos, y se le eximió del pago del 50% de la tasa de justicia, con la obligación de abonar el restante bajo ciertos requisitos. La decisión fue ratificada por las otras juezas en iguales términos. Fundamentos principales: "La homologación del acuerdo conciliatorio no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal." "En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." "Procede asimismo declarar las costas conforme con lo solicitado, con exención del pago del 50% del importe correspondiente a la tasa de justicia y sellados de la causa en razón del acuerdo logrado."

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