ARGAÑARAZ ROMINA MABEL C/ PASTEKO SA (BINGO BEGUI II) S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso por despido. La Cámara homologó el acuerdo entre las partes y dispuso efectos de cosa juzgada, costas a cargo de la demandada, y detalles para la transferencia de fondos y pago de tasas. La decisión se fundamentó en que la conciliación no vulnera principios de orden público y es una justa composición de derechos.
La parte actora, Romina Mabel Argañaraz, demandó a Pasteko SA (Bingo Begui II) en un proceso por despido. Las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio que fue sometido a homologación por el Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes. La jueza Silvia Cristina Bozzola sostuvo que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes en la controversia. La homologación resulta procedente y se ordenan las costas a cargo de la parte demandada, con exención del 50% del pago de la tasa de justicia, además de detalles para la transferencia de fondos y la acreditación del pago restante. Las demás juezas, Silvia Ester Bártola y María Marta Garay, votaron en idéntico sentido. La resolución declara la validez del acuerdo, con efectos de cosa juzgada, y establece las condiciones para su ejecución, incluyendo la obligación de la parte demandada de acreditar el pago, bajo apercibimiento de remitir las actuaciones a la vía ejecutiva correspondiente. La fundamentación principal radica en que la homologación de la conciliación no vulnera principios de orden público y que la misma constituye una justa composición de los derechos de las partes, en conformidad con los arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la ley 15.057.
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