FRANCO GRISELDA MARISEL C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoce y regula los honorarios profesionales de la letrada en sede administrativa y judicial, confirmando el monto y las costas a cargo de la demandada. La decisión se fundamenta en la ley 27.348, ley 14.967 y resoluciones pertinentes, estableciendo el pago y la forma de acreditación de los honorarios.
La demandante, la Dra. Griselda Marisel Franco, actúa en calidad de letrada patrocinante del Sr. Juan Manuel Armua en un expediente administrativo que tramita ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 381 de Morón, en reclamo por honorarios profesionales vinculados a la ley 14.967. La demanda se formula contra la aseguradora de riesgos del trabajo, solicitando la regulación de honorarios por su actuación en sede administrativa y judicial. La Cámara, tras analizar la documental y las disposiciones legales aplicables, hace lugar a la demanda y regula los honorarios en la suma de $ 268.667, equivalente a 7 IUS arancelarios, más el 10 % de aporte legal. La sentencia destaca que la actividad profesional desarrollada por los abogados en estos procedimientos devenga honorarios a cargo de las aseguradoras, en virtud de lo dispuesto en el art. 37 de la Res. 298/2017, y que la regulación de los mismos responde a los criterios del mérito, extensión, resultado y tiempo empleado. Las costas en sede administrativa se imponen a la demandada, y en sede judicial a las partes en proporciones distintas. La resolución también ordena la acreditación del pago y la comunicación de los datos bancarios del profesional, con el fin de garantizar la celeridad en el cumplimiento. La fundamentación principal se basa en el marco normativo de las leyes 14.967 y 27.348, y en las pautas de valoración de honorarios establecidas por la jurisprudencia de la SCBA. Los votos en disidencia no se registran en el fallo.
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