SANTOS MARIANO GASTON C/ GALENO ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 9
La sentencia rechaza la excepción de incompetencia material por daño psicológico opuesta por la parte demandada, confirmando que la reclamación del daño psicológico fue debidamente presentada en la vía administrativa previa, y ordena el rechazo de dicha excepción. La resolución también impone costas a la parte incidentista, difiriendo la regulación de honorarios.
- Quién demanda: Santos Mariano Gastón.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daño psicológico derivado de accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la excepción de incompetencia material opuesta por la demandada, confirmando que la reclamación fue presentada en la vía administrativa previa obligatoria, y se imponen costas a la parte incidentista.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la compulsa de las actuaciones administrativas acompañada y lo señalado por la propia actora en la contestación del traslado normado por el art. 29 de la ley de rito, surge que efectivamente se ha reclamado por el daño psicológico que dice padecer ." "Es asi que, corresponde que se rechace la excepción de incompetencia opuesta." "En cuanto a las costas, corresponde que se impongan a la incidentista en su carácter de vencida, atento lo novedoso de la cuestión que aquí se trata." El tribunal remarca que la ley 27.348 impone la vía previa administrativa, y que la parte actora cumplió con dicho requisito, justificando el rechazo de la excepción.
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