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ROSSITO MARIA LAURA C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES 6

La Cámara de San Isidro hizo lugar a la demanda de honorarios por actuación en la instancia administrativa y reguló los honorarios a favor de la profesional, confirmando la decisión de primera instancia que consideró procedente la reclamación y la regulación de honorarios.

Recurso de apelacion Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Riesgos del trabajo Comision medica Abogado patrocinante Sentencia laboral Costas. Ley 14.967 Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, ROSSITO MARIA LAURA, demanda a GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA por honorarios profesionales por su actuación en el procedimiento administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional de San Isidro (Expte. 002803/24). La demandada se opone al rechazo de la acción, argumentando que los honorarios deben ser cubiertos por la aseguradora en virtud de la ley 15.057 y resoluciones específicas de la SRT. La Cámara, tras analizar la normativa aplicable, concluye que los honorarios corresponden a la actora y que la demandada está obligada a su pago, regulándolos en 10 jus, con costas a la parte vencida. La sentencia destaca que la actuación profesional fue acreditada y que la ley 14.967 regula dichos honorarios, que deben abonarse en el plazo legal. La decisión se fundamenta en que la ley establece que los honorarios son a cargo de la aseguradora cuando el trabajo fue reconocido y la pretensión del trabajador fue parcialmente o totalmente aceptada, además de la normativa específica del procedimiento administrativo. La regulación de honorarios incluye además el pago de aportes de ley e IVA en caso de corresponder.

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