LEGUIZAMON BLAS ARMANDO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal homologó la conciliación extrajudicial en la causa por accidente de trabajo, validando un acuerdo por $1.800.000. La decisión asegura la efectividad del acuerdo y sus efectos de cosa juzgada, en línea con la ley laboral y los requisitos procesales. La homologación implica que las partes podrán beneficiarse de la resolución definitiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Blas Argando Leguizamón demanda a Federación Patronal Seguros S.A.U. por un accidente de trabajo y se presenta una conciliación en la que ambas partes acuerdan una suma de 1.800.000 pesos, imputable a los rubros reclamados. El tribunal, tras evaluar la validez y equidad del acuerdo, decide homologarlo para que tenga efectos de cosa juzgada, conforme a los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley 15.057. La sentencia destaca que "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Además, se establece que las costas serán conforme a lo solicitado, eximiendo a las partes del pago de sellados y tasas, y se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes. La sentencia detalla además las condiciones para el pago de la suma acordada y las obligaciones de las partes respecto a los depósitos y acreditaciones correspondientes, concluyendo con la remisión del expediente y la notificación a las partes.
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