GUERRA CASTRO LUCIA AGUSTINA C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación de la conciliación en accidente laboral fue aprobada por el tribunal, considerando que el acuerdo refleja una justa composición de derechos y no viola disposiciones de orden público. La decisión se fundamenta en que el acuerdo satisface los requisitos legales y de equidad entre las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora GUERRA CASTRO LUCIA AGUSTINA demanda por accidente de trabajo a la demandada FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U.
- El tribunal decide homologar la conciliación alcanzada entre las partes, por un monto de 6.000.000 de pesos, imputable a los rubros reclamados.
- La decisión se apoya en que la conciliación no enerva las disposiciones laborales de orden público y que la misma resulta justa y adecuada, beneficiando a las partes con los efectos de la cosa juzgada.
- Además, se establecen condiciones para el pago, costas, regulación de honorarios y cumplimiento de obligaciones, considerando que el acuerdo satisface los requisitos legales y de equidad, y que la homologación no viola principios de orden público.
- “La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada.”
- “El Tribunal resuelve plantear la siguiente y única cuestión para ser votada en el orden establecido… ¿Corresponde homologar la conciliación celebrada en autos?”
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