MEDINA CARLO VICTOR C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación de la conciliación en un proceso por accidente de trabajo. El tribunal decidió homologar la acuerdo por considerar que la conciliación satisface derechos e intereses sin afectar el orden público laboral, beneficiando a las partes con efectos de cosa juzgada.
- Quién demanda: Medida de acción de la parte actora MEDINA CARLO VICTOR.
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de la conciliación por la suma de $11.000.000, imputable a los rubros reclamados en autos.
¿Qué se resolvió?
Se homologó la conciliación celebrada entre las partes, por considerar que "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Además, se dispuso que las costas sean conforme a lo solicitado, eximiendo del pago de la tasa de justicia y sellados, y se regulan honorarios profesionales y de peritos, además del pago en la cuenta de la actora y del pago de honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal resuelve que la conciliación alcanzada, en los términos de la ley, no enerva las disposiciones laborales de orden público, en particular los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo, por lo que corresponde homologarla". "Se considera que la suma acordada de $11.000.000 resulta justa y suficiente para la reparación del daño alegado, en consonancia con la gravedad del accidente y los rubros reclamados". "Asimismo, la homologación se realiza en función de la voluntad de las partes y en respeto a los derechos de ambas, garantizando la seguridad jurídica y la eficacia del acuerdo".
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