GIANNI ESTEBAN JUAN EDUARDO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El tribunal admitió la demanda del abogado Gianni Esteban Juan Eduardo por honorarios en un proceso ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes. La sentencia condenó a la Provincia a pagar los honorarios y costas, regulándolos en 10 Jus, y estableció los plazos y formas de pago, además de los intereses y costas procesales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Gianni Esteban Juan Eduardo, demandó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires, en carácter de empleadora auto-asegurada, por honorarios profesionales derivados de su actuación en un expediente de "Divergencia en Determinación de Incapacidad" ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes, en el marco de un expediente SRT N° -122084-/23. La demanda se fundamenta en su actuación como letrado patrocinante del trabajador Rolando Sánchez Daniel, en un proceso que culminó con dictamen que reconoció la incapacidad temporaria del trabajador. El tribunal concluyó que la actuación del letrado fue oficiosa y que correspondía reconocerle honorarios por su labor, en base a la ley 14.967 y la normativa administrativa aplicable. La sentencia regula los honorarios en 10 Jus, los condena a pagar los emolumentos en 60 días más intereses, y establece las costas a cargo de la demandada. Los jueces consideran que la actuación fue esencial y de mero trámite, y que la normativa local de honorarios resulta aplicable, desestimando la imposición de honorarios por parte de la autoridad administrativa, y rechazando la aplicación del porcentaje inferior del 5% establecido en la resolución de la Subsecretaría de Capital Humano. La fundamentación incluye la interpretación de las leyes de aranceles provinciales y la normativa de la ley 14.967, concluyendo que la regulación debe ajustarse a los parámetros legales, y que la actuación fue oficiosa, por lo que corresponde reconocer los honorarios en la cantidad de 10 Jus. La sentencia además regula intereses y costas en función de la mora y del vencimiento.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: