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ADRIAZOLA ALMENDRAS CESAR C/ SERIO PIZZOLANTE CONSTRUCTORA INMOBILIARIA SRL S/ DESPIDO

La sentencia condenó parcialmente a la demandada al pago de indemnizaciones y salarios adeudados por despido y deficiente registración laboral, confirmando la procedencia de las pretensiones del actor en base a la prueba y la normativa vigente.

Indemnizacion Presuncion iuris tantum Relacion laboral Despido Registracion deficiente Certificados de trabajo Costas. Ley 22.250 Ley 15.057 Prueba laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Adriazola Almendras Cesar, demandó a Serio Pizzolante Constructora Inmobiliaria SRL por despido y reclamos laborales. La sentencia estableció que la relación laboral comenzó en enero de 2010, con una fecha de inicio fijada en el 10/01/2010, y que la registración fue deficiente, pero no en la especialidad yesero. Se reconocieron conceptos por fondo de cese, remuneraciones, vacaciones, SAC, y comunicación a la AFIP, por un total de $1.073.739,73. La decisión se fundamentó en la prueba documental, la presunción legal y la falta de prueba en contrario por parte de la demandada. Además, se rechazaron rubros no acreditados y se condenó a entregar certificados de trabajo y aportes previsionales. Se declaró la inconstitucionalidad de la ley 23.928, ajustando los intereses y tasas de actualización. La sentencia también dispuso costas a cargo de la demandada y honorarios profesionales. La valoración de la prueba y la aplicación de la normativa laboral y procesal sustentaron la decisión de hacer lugar parcialmente a la demanda, confirmando la improcedencia de ciertos rubros y fortaleciendo los fundamentos en la presunción legal y la inacción de la empleadora.

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