TEÑUK NATALIA SOFIA Y OTRO/A C/ PARDAL PABLO FABIAN S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación del acuerdo conciliatorio entre las partes en un proceso laboral; la Cámara homologó la conciliación y ordenó su cumplimiento, incluyendo regulación de honorarios, depósito y apertura de cuenta bancaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, TEÑUK NATALIA SOFIA y otro/a, demanda a PARDAL PABLO FABIAN en un proceso de homologación de convenio.
- La finalidad del acuerdo fue resolver en forma conciliatoria las cuestiones laborales planteadas.
- La Cámara, tras analizar el cumplimiento de los requisitos legales y la voluntariedad del acuerdo, resolvió homologar en todas sus partes la conciliación, considerando que “lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses”.
- La sentencia cita que “no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia”, y concluye que “soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes”.
- Además, se regula la ejecución del acuerdo, incluyendo honorarios, depósito y apertura de cuenta bancaria, y se desestima la eximición solicitada en relación a la presentación de copias.
- La resolución final fue: “a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones”.
- La fundamentación principal se basa en que “lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles”, y que “no implica renuncias a derechos del trabajador” en línea con los arts. 15, ley 20.744; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057.
- No se identifican votos disidentes ni fundamentos en disidencia relevantes en la sentencia.
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