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SEWAKA, FERNANDO DANIEL C/PREVENCION ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Homologación de acuerdo conciliatorio en autos por accidente laboral. La Cámara homologó la conciliación por $9.000.000, ordenó el pago en 20 días y estableció condiciones y costas, confirmando la validez del acuerdo y la liquidación de honorarios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Fernando Daniel Sewaka, demanda a Prevención ART S.A. por accidente de trabajo. Las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de $9.000.000, que fue homologado por el tribunal, poniendo fin al pleito. La sentencia destaca que no existe impedimento legal para homologar la conciliación y que la misma satisface los requisitos del art. 15 de la Ley 20.744 y arts. 309 y siguientes del C.P.C.C., otorgando certeza y efectos de cosa juzgada. La demandada se allana a pagar la suma en un único pago en 20 días, con interés del 0,3% diario sobre el capital, y se imponen las costas a su cargo. La homologación incluye condiciones en caso de incumplimiento y regulación de honorarios, estableciendo que los honorarios de los letrados se fijan en $1.800.000 para cada parte y se intiman las acreditaciones correspondientes. La sentencia además regula los depósitos en cuenta judicial y exime a las partes del pago de la tasa de justicia. Fundamentos principales: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el escrito que antecede de fecha 05/06/2025 -ratificado en fecha 19/06/2025-. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." "Es procedente en consecuencia, homologar la conciliación por la suma de / PESOS NUEVE MILLONES ($9.000.000), que la demandada -sin reconocer hechos ni derechos y al solo efectos conciliatorio-, se allana a pagar mediante depósito en autos en un único pago a efectivizarse dentro de los veinte (20) días desde la notificación de la presente."

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