ALEGRE, JUAN DIEGO C/PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 15.057
Tribunal del Trabajo N° 2 de Avellaneda homologó un acuerdo conciliatorio por la suma de 5 millones de pesos, ordenando el cumplimiento y estableciendo costas y honorarios en favor de los profesionales intervinientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal del Trabajo N° 2 de Avellaneda homologa un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes en autos "ALEGRE, JUAN DIEGO C/PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ACCION DE REVISION RESOLUCION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL". El acuerdo, ratificado en fecha 26/05/2025, contempla un pago de 5 millones de pesos por parte de la demandada sin reconocimiento de hechos ni derechos, sólo con fines conciliatorios, mediante depósito en autos en 20 días hábiles. La homologación se realiza en virtud de los arts. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., considerando que no existe impedimento legal y que la suma acordada permite poner fin al pleito con declaración de certeza y cosa juzgada. El tribunal también regula costas, honorarios de letrados y peritos, y establece la forma de pago y depósito de honorarios, eximiendo a las partes del pago de la tasa de justicia. La decisión se basa en la voluntad de las partes y en la normativa aplicable, garantizando la seguridad jurídica y la ejecución de lo acordado.
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