MINGRONE, DANIELA SILVANA C/SUCESIÓN DE CELIZ, ERNESTO OSVALDO Y OTROS S/DESPIDO
Decreto de caducidad de la instancia en proceso laboral por inacción de la parte actuante, confirmando que la causa no pudo continuar por incumplimiento de diligencias. La sentencia sostiene que la inacción de la actora llevó a la declaración de caducidad del proceso, imponiendo costas a la parte que obstaculizó el trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Daniela Silvana Mingrone contra la sucesión de Ernesto Osvaldo Celiz por despido. El tribunal resolvió declarar la caducidad de la instancia debido a la inacción de la actora, quien no cumplió con las intimaciones del tribunal para continuar con el trámite del proceso, impidiendo su prosecución. El tribunal afirmó que “el deber de impulso del proceso cesa cuando la parte a quien incumbe realizar diligencias evidencia desinterés mediante incumplimiento reiterado”, y justificó la decisión en la falta de actividad tendiente al avance del proceso tras la intimación, la cual resultó infructuosa, conforme a los arts. 11 Ley 15.057 y 315 del C.P.C.C. La decisión fue adoptada por unanimidad, con costas a la actora con beneficio de gratuidad. La sentencia destacó que “el procedimiento laboral es uno de aquellos cuyo impulso corresponde a las partes, al Tribunal y al Ministerio Público,” pero en este caso la inacción de la parte llevó a la caducidad.
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