ACUÑA, RAMIRO MARTIN Y OTRO/A S/HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de acuerdo conciliatorio en causa laboral, confirmando la sentencia que homologó el acuerdo de las partes por la suma de 3.100.000 pesos y estableció costas a cargo de la parte accionada.
Quién demanda: "ACUÑA, RAMIRO MARTIN Y OTRO" (parte actora)
¿A quién se demanda?
"Avellaneda
- Tribunal del Trabajo Número dos de Avellaneda-Lanús" (organismo judicial)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes, en los términos y montos pactados, incluyendo condiciones para el pago, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
El tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de 3.100.000 pesos, en los términos convenidos y con costas a cargo de la accionada, confirmando la legalidad y conveniencia del acuerdo, y ordenando el cumplimiento del mismo. Fundamentos principales de la decisión: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el escrito que antecede de fecha 5/6/25. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." "Por ello, corresponde homologar el acuerdo por la suma acordada, estableciendo las condiciones para el pago y las sanciones en caso de incumplimiento. Además, se imponen costas a la parte accionada, conforme a la voluntad de las partes y la ley aplicable, eximiendo del pago de tasa de justicia." "El acuerdo resulta ajustado a derecho y favorece la resolución pacífica del conflicto, garantizando la seguridad jurídica y la ejecución efectiva del mismo."
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