SENDRA AYRTON THIAGO XAVIER C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Trabajo confirmó la resolución que desestimó la existencia de incapacidad postaccidente, rechazando el recurso de la parte actora y validando el acto administrativo que concluyó que no existían secuelas incapacitantes derivadas del accidente de trabajo ocurrido el 23/04/24.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Sendra Ayrton Thiago Xavier contra Provincia ART SA, reclamando prestaciones por un accidente laboral ocurrido el 23/04/24 durante una práctica de yudo. La Comisión Médica N° 38 de San Martín dictaminó que no hay incapacidad vinculada al hecho, determinando que no presenta secuelas incapacitantes. La parte actora impugnó dicho dictamen, alegando que las lesiones le provocan un 20% de incapacidad psicofísica, y solicitó que se condene a la aseguradora a pagar prestaciones. La Justicia revisora confirmó el dictamen, señalando que no se acreditó incapacidad alguna y que no se verificaron secuelas incapacitantes, y que el sistema legal vigente sustenta la decisión. La sentencia destaca: "se ha corroborado la inexistencia de secuelas incapacitantes denunciadas por el actor" y "el recurso interpuesto no puede prosperar en atención a que no se ha acreditado en autos la existencia de las secuelas incapacitantes". La decisión fue la de rechazar el recurso, confirmar el acto administrativo y ordenar el pago de costas.
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