BUTTAZZONI EDUARDO RAUL C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Trabajo de General San Martín dictó sentencia en la que se reconoce una incapacidad laboral del 49.28% a favor del actor y condena a la aseguradora a pagar una indemnización de aproximadamente $39.909.140,32 por lesiones vinculadas a una contingencia de COVID-19 ocurrida en el trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, EDUARDO RAUL BUTTAZZONI, demandó a PROVINCIA A.R.T. S.A. solicitando prestaciones por incapacidad laboral derivada de COVID-19, que había sido diagnosticada como enfermedad profesional. La demanda se fundó en el reconocimiento administrativo del carácter profesional del contagio y en una pericia que determinó una incapacidad del 49.28%. La demandada reconoció el hecho pero negó la existencia de incapacidad. La sentencia consideró acreditada la incapacidad, que fue valorada como permanente y parcial. La pericia fue considerada válida y confiable, y se concluyó que la contingencia generó una incapacidad del 49.28%, por lo que procedió el pago de la indemnización prevista en la ley 24.557 y en la ley 26.773. La sentencia destacó que los argumentos de inconstitucionalidad presentados por la parte actora son abstractos y que las resoluciones administrativas cuestionadas no se aplican en el caso. La condena implica que la aseguradora debe abonar la suma de $39.909.140,32 en concepto de indemnización, en el plazo de 10 días, con intereses por mora y costas a cargo de la demandada. Además, se regulan los honorarios profesionales y del perito, con instrucciones sobre su pago y acreditación. La decisión se fundamenta en la prueba pericial, la relación causal y las normativas aplicables, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y confirmando la procedencia de la acción.
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