FERREYRA PATRICIA ESTEHER C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El tribunal declaró la existencia de acuerdo homologado en sede administrativa, atribuyéndole efectos de cosa juzgada y rechazando la excepción de cosa juzgada procesal planteada por la demandada. La decisión confirma la validez del acuerdo y la improcedencia de la excepción de pago total.
La actora, Patricia Esteher Ferreyra, demanda a Federación Patronal Seguros S.A. por un accidente laboral ocurrido el 16 de julio de 2018, alegando caída al engancharse la botamanga del pantalón con un hierro en la vereda, con impacto en muñeca y mano derecha. La demandada plantea en su defensa la excepción de cosa juzgada administrativa y de pago total. La cuestión central es si corresponde hacer lugar a la excepción de cosa juzgada administrativa. El tribunal analiza la normativa aplicable, citando jurisprudencia de la SCBA, y concluye que existe un acuerdo homologado en sede administrativa, que cumple los requisitos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación del acuerdo produce efectos de cosa juzgada y debe ser considerado en el proceso judicial. La sentencia afirma que el acuerdo en sede administrativa fue válido, consentido y firme, por lo que se le asignan efectos de cosa juzgada. Respecto a la excepción de pago total, el tribunal la declara caída en abstracto. Se imponen costas a la parte actora, y se regulan honorarios profesionales en función del monto reclamado y la complejidad de la causa. La sentencia se dispone firme, con archivo de las actuaciones y notificación a las partes.
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