FRANCO JUAN ESTEBAN C/ MARJOLAPA S.A. y otro/a S/ DESPIDO
La Cámara de Mar del Plata confirmó la procedencia de la demanda laboral por despido injustificado, rechazando la constitucionalidad de varias normas laborales y estableciendo la responsabilidad solidaria de los empleadores, con una condena de aproximadamente 97 millones de pesos, actualizada y con intereses.
La demanda fue interpuesta por Juan Esteban Franco contra MARJOLAPA S.A. y APOLO FISH S.A. solicitando el pago de $3.608.118,36 en haberes adeudados, indemnizaciones diversas, daño moral y certificaciones laborales. La relación laboral inició en 2004 y finalizó en agosto de 2020, tras un despido por causa imputada al trabajador, que fue rechazado por este en sede judicial. La sentencia determinó que el vínculo laboral fue acreditado y que la causa del despido no fue probada, por lo que se declaró la injusticia del mismo. El tribunal consideró que las acusaciones del empleador respecto a la conducta del trabajador no estaban probadas ni en sede penal ni en la laboral, y que el despido fue arbitrario. Asimismo, declaró la inconstitucionalidad de varias normas laborales (arts. 114, 180, 181, 182, 187, 189, 190, 194, 199, 200, 204, 205, 206, 207, 208, 212, 215, 217, 218, 219, 222, 229 y 236 de la Ley 10.620 y el art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo). La sentencia condenó en forma solidaria a los empleadores a pagar aproximadamente $97.169.888,06, actualizados por índice RIPTE y con intereses del 3% anual, además de multas, sanciones y daños morales por $123.600. La decisión también ordenó la entrega de certificados laborales y la participación en el pago de honorarios profesionales. La inconstitucionalidad del art. 132 bis de la LCT fue declarada por mayoría, y se aplicó un mecanismo de actualización que respeta el principio de razonabilidad y tutela efectiva del crédito laboral.
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