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SOSA ROCIO BETINA C/ AUTOASEGURADORA DE LA GOBERNACION DE LA PCIA. DE BS. AS S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El tribunal hizo lugar a la demanda de honorarios de la letrada Rosario Betina Sosa por su actuación extrajudicial ante las Comisiones Médicas en un acuerdo homologado por $31.770.706,57. La sentencia regula sus honorarios en $4.169.905,24 y condena al Fisco provincial a abonarlos, rechazando la inconstitucionalidad alegada y estableciendo el cumplimiento en 60 días.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Comisiones medicas Jurisdiccion provincial Actuacion extrajudicial Reclamacion administrativa Condena al estado Ley 14.967 Valor del jus Inconstitucionalidad art. 730 ccyc

La doctora Rosario Betina Sosa demandó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires para que se regularicen y abonen sus honorarios por su intervención en las gestiones ante las Comisiones Médicas, relacionadas con la enfermedad profesional de la trabajadora Gabriela Magdalena Fleita. La demandada no negó la intervención, limitándose a exponer el derecho aplicable. La documentación probada demuestra que Sosa brindó asesoramiento y representación a la madre de la trabajadora, logrando un acuerdo homologado por la suma de $31.770.706,57, que debe ser tomada como base para la regulación de honorarios. El tribunal consideró que la actuación fue extrajudicial ante organismos administrativos, por lo que aplicó la escala del art. 21 de la Ley 14.967 reducida en un 25%, resultando en honorarios de $4.169.905,24 (213.14 JUS). Además, rechazó la inconstitucionalidad del art. 730 del Código Civil y Comercial de la Nación. La sentencia condena al Fisco a pagar la suma correspondiente en 60 días, con costas a cargo del demandado y sin intereses moratorios.

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