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PEREZ FERNANDO AGUSTÍN C/ SEM OLAVARRÍA SRL S/ DESPIDO

El tribunal decidió parcialmente acoger la demanda de Fernando Agustín Pérez por despido indirecto, condenando a SEM Olavarría SRL a pagar más de 72 millones de pesos, fundamentando la decisión en la acreditación del despido y la correcta aplicación de las normas laborales y de protección de derechos del trabajador.

El actor, Fernando Agustín Pérez, demanda a SEM Olavarría SRL por despido indirecto y reclama una suma de $12.057.462,70, basada en la irregularidad en los registros laborales, incumplimientos del empleador y derechos vulnerados. La relación laboral fue reconocida por la empleadora, que admitió el vínculo y las tareas de conducción de ambulancias en la categoría III del CCT 459/08, con una antigüedad efectiva de 14 años desde el 10/12/2008. La demanda fue presentada fuera de término, pero posteriormente se dejó sin efecto esa resolución y se consideró en tiempo y forma. El tribunal analizó las pruebas, incluyendo telegramas, testimonios y documentación, concluyendo que la conducta de la empleadora justificó la existencia de despido indirecto por incumplimientos graves, especialmente por irregularidades en el registro y en los pagos, y la falta de entrega de documentación exigida por ley (art. 80 LCT). Se determinó que la causa del despido fue suficiente para configurar la injuria y justificar la extinción del vínculo, aunque la comunicación no cumplió con todos los requisitos de claridad y precisión. El tribunal reconoció la procedencia de diversos rubros indemnizatorios por antigüedad, preaviso, días trabajados, vacaciones, SAC, diferencias salariales, salarios adeudados y multas, alcanzando un monto total de aproximadamente 72 millones de pesos, actualizados por RIPTE y tasa del 6%. Además, se impuso una multa del 30% por incumplimiento en la cancelación de créditos y una indemnización por defectuosa registración (art. 1 Ley 25.323) por más de 2,8 millones de pesos. La condena incluye además intereses y actualización monetaria, en línea con la jurisprudencia y doctrina vigente, y se ordenó el depósito judicial a favor del actor. Fundamentos principales: La sentencia fundamenta que la irregularidad en la registración, la falta de documentación, y la conducta de la demandada justifican el despido indirecto, y que la comunicación de la causa de despido fue suficientemente clara en sus hechos concretos, aunque no en todos los aspectos formales. Se valoró también la prueba telegráfica, testimonial y pericial, confirmando la existencia de incumplimientos graves que configuran la inj

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