RODRIGUEZ RAUL ELADIO C/ ALEGRETTI CIA. LATINOAMERICANA DE VIVIENDAS SA S/ DESPIDO
La demanda por despido y diferencias salariales fue parcialmente aceptada, condenando a la empleadora a pagar $962.816,31 por fondo de cese y otros conceptos, con actualización e intereses, tras declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928. La sentencia se basa en la prueba de la relación laboral, incumplimientos y la doctrina legal "Barrios".
- Quién demanda: Raúl Eladio Rodríguez.
- A quién se demanda: Alegretti Cia. Latinoamericana de Viviendas SA.
- Qué se reclama: liquidación por despido, diferencias salariales, entrega de libreta de aportes y certificado de trabajo, indemnizaciones y rubros relacionados, con actualización e intereses.
- Qué se resolvió: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la empleadora a pagar $962.816,31 por diversos conceptos, con actualización por IPC y interés del 6% anual. Además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y su inaplicabilidad al caso, en línea con la doctrina "Barrios". Se rechazaron otros reclamos por incorrecta normativa y por falta de cumplimiento.
- Fundamentos principales:
La prueba testimonial, documental, y la declaración de rebeldía de la empleadora, configuraron la existencia de relación laboral bajo el CCT 76/75 y en el régimen de la construcción (ley 22.250). La inacción del empleador ante las intimaciones del trabajador y la prueba pericial respaldaron la existencia del despido indirecto y la improcedencia de ciertos rubros. La declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, como en causa "Barrios", permite una actualización del crédito que respeta principios de razonabilidad y derecho de propiedad. La valoración del índice IPC y el interés del 6% anual complementan la condena. Se impusieron costas a la demandada.
La sentencia también incorporó la doctrina "Barrios" respecto a la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar obligaciones dinerarias, aplicando esa doctrina para valorar la deuda en este caso.
La decisión se fundamenta en la apreciación conjunta de prueba, la declaración de rebeldía, y el análisis constitucional y económico del caso.
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