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MASINO DANIEL HORACIO C/ SWISS MEDICAL ART S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15.057

La Cámara de Trabajo de Junín declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y del art. 12 inc. 2 de la ley 24.557, y condenó a Swiss Medical ART S.A. a pagar $21.640.280,68 por indemnización de riesgos del trabajo, con intereses y costas. La decisión se basó en la interpretación del precedente "Barrios" y en la inconstitucionalidad de normas que afectan la actualización del crédito.

Recurso de apelacion Pericia medica Incapacidad permanente Intereses moratorios Riesgos del trabajo Calculo de danos Indemnizacion laboral Ley 24.557 Ley 23.928 Inconstitucionalidad normas actualizacion Normativa laboral argentina


- Quién demanda: Daniel Horacio Masino
- A quién se demanda: Swiss Medical ART S.A.
- Qué se reclama: Prestaciones dinerarias por riesgos del trabajo, en concepto de incapacidad parcial y secuelas, correspondiente a la suma de $21.640.280,68, más intereses y costas.
- Qué se resolvió: El tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y del art. 12 inc. 2 de la ley 24.557, estableciendo un monto indemnizatorio en línea con los parámetros constitucionales y doctrinales, con intereses compensatorios del 6% anual desde el 13/05/2020, y costas a cargo de la demandada. La sentencia contempla la valoración de pruebas periciales y administrativas, y la aplicación del índice Ripte para actualización. Fundamentos: "El fallo en causa 'Barrios' ha establecido la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y del art. 12 inc. 2 de la ley 24.557 por vulnerar principios constitucionales y derechos fundamentales, como la propiedad y el derecho a una tutela judicial efectiva, debido a la afectación del mecanismo de actualización de las obligaciones dinerarias. La valoración de la prueba pericial concluyó que la incapacidad permanente del actor es del 5,6%, y la valoración constitucional y doctrinal del caso permite una adecuada estimación del monto indemnizatorio, que en este caso asciende a $21.640.280,68, con intereses y costas." Disidencias relevantes: La disidencia del Dr. Bertolotti expresó que, aunque mantiene la constitucionalidad del Decreto 669/19, comparte los fundamentos de la mayoría en cuanto a la inaplicabilidad de las normas restrictivas a la actualización del crédito.

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