BEHOTATS SERGIO DAMIAN C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La sentencia desestima la demanda de Behotats contra el Ministerio de Seguridad de la provincia, por considerar que no se configura el derecho reclamado a percibir las horas CO.RE.S. a valores actuales. La Cámara argumenta que la normativa vigente y el marco constitucional justifican la discrecionalidad de las decisiones administrativas en materia salarial y de beneficios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- El actor, Sergio Damian Behotats, que se desempeña como efectivo policial, demanda al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires para que se le abonen las horas por compensación por recargo de servicios (horas CO.RE.S.), incluyendo retroactivo a valores actuales y con intereses, además de solicitar la declaración de inconstitucionalidad de varias resoluciones que establecen el valor de dichas horas.
- La parte demandada, representada por la Fiscalía de Estado, argumenta que la determinación de las horas CO.RE.S. es legítima y que las decisiones del Poder Ejecutivo en materia salarial son políticas y discrecionales, insuscitables de control judicial, en virtud del principio de autonomía del régimen salarial y la política salarial del Estado provincial.
- La Cámara analiza el marco normativo, destacando que las horas CO.RE.S. fueron creadas por decreto en 1987, no están previstas en la ley 13.982 ni en los reglamentos posteriores, y que su regulación y valor actual corresponden a decisiones administrativas que gozan de la presunción de razonabilidad y legalidad.
- Se concluye que las diferencias en la regulación entre las horas CO.RE.S. y las horas extras del régimen general no vulneran el principio de igualdad, ya que la normativa establece un sistema especial. Además, no se acreditó daño o beneficio concreto que justifique la modificación del sistema actual. La sentencia desestima la demanda y confirma la legitimidad de la regulación vigente.
- Se imponen las costas en el orden causado y se regula honorarios profesionales en conformidad a la normativa arancelaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: