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LOWY CLAUDIO RENE C/ MINISTERIO DE AMBIENTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO

La resolución declara abstracta la cuestión litigiosa en un proceso de amparo ambiental y ordena la imposición de costas en el orden causado. La decisión se basa en que la Administración brindó la información solicitada y no existieron reticencias o falta de información que justifiquen una condena en costas a la parte actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Claudio Lowy, promovió una acción de amparo ambiental contra el Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires, solicitando obtener información ambiental. La Administración proporcionó la información requerida, como surge de los expedientes anexados, lo que llevó a que el tribunal declare la cuestión abstracta y disponga el cierre del proceso. La resolución destaca que, en este caso, no hubo reticencias o falta de información por parte de la Administración, y que la voluntad de ambas partes fue la de resolver la cuestión por la vía procesal adecuada. Además, se ordena la regularización de una suma en concepto de costas, sin regulación de honorarios a la letrada de la Fiscalía de Estado, y se dispone su notificación. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Que, de las constancias del expediente, en particular de las copias acompañadas de los expedientes 2024-36418463
- GDEBA
- FDE y EX-2024-19708124 GDEBA
- DGAMAMGP surge, que más allá de la opinión que pudiera tener la amparista sobre la información, la misma fue brindada y acompañada por la Administración." "Que a diferencia de otros procesos de amparos que mediaren información ambiental, donde la actora o el Sr. Lowy eran parte, en el caso no advierto que haya habido reticencias o falta de información que impongan salir de la regla de la imposición de costas cuando la cuestión deviene abstracta." "Por ello dispongo:... 1. Declarar abstracta la cuestión litigiosa por haberse solicitado por ambas partes y atento se ha abastecido el objeto de la pretensión de fondo."

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