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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BARBAGELATTA FERNANDO S/ APREMIO PROVINCIAL

La sentencia confirma la ejecución fiscal por incumplimiento de pago y establece el remate del bien del ejecutado. La decisión se basa en la falta de excepciones legítimas y la validez del título ejecutivo, ordenando el pago total de la deuda y la continuación del proceso de ejecución.

Intereses Sentencia Notificacion Proceso ejecutivo Ejecucion fiscal Remate Apremio provincial Domicilio fiscal Deuda tributaria Ley 10.397

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte demandada, Fernando Barbagelatta, fue notificada en su domicilio fiscal constituido en Escobar, sin presentar excepciones legítimas dentro del plazo legal, por lo que se le da por perdido el derecho dejado de usar. El tribunal ordena el remate del inmueble para garantizar el pago de la deuda de $361.447,90, más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago. La sentencia fundamenta que conforme a los arts. 104, 168 y concordantes del Código Fiscal Ley 10.397, la deuda es exigible y el procedimiento es válido. Además, se difiere la regulación de honorarios y se establece la constitución del domicilio en los Estrados por incumplimiento de la comunicación previa. La decisión se apoya en la falta de oposición y en la validez del título ejecutivo, confirmando la validez del proceso de ejecución.

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