FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARCIA CARMONA LORENA S/ APREMIO PROVINCIAL
La Cámara dictó sentencia en un proceso de ejecución fiscal, ordenando el pago del capital y los intereses adeudados, y confirmando la validez del proceso de ejecución por incumplimiento del ejecutado. La sentencia declara que la ejecutada no opuso excepciones y se la dio por constituido en domicilio, ordenando la ejecución hasta el pago total.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Lorena Garcia Carmona.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la deuda fiscal de $383.576,10 más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo.
¿Qué se resolvió?
Se ordena el trance y remate de la causa, y se manda llevar adelante la ejecución para que la ejecutada pague la suma reclamada. La sentencia además dispuso que, por no haberse opuesto excepciones, la ejecutada fue considerada en rebeldía y constituida en domicilio en los estrados del juzgado.
Fundamentos principales de la decisión:
"En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC). La parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, por lo que se la considera en rebeldía y constituida en domicilio en los estrados del juzgado. La deuda del título ejecutivo, cuya existencia fue corroborada mediante su agregado en forma electrónica, fue determinada conforme a los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11. Se ordena el pago del capital y los intereses correspondientes."
"No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado."
Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia analizada.
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