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CARDOZO MIGUEL ANGEL y otro/a S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La resolución del incidente de caducidad de instancia en autos, confirmada por el juez, declara la inacción procesal de la parte actora y ordena la caducidad del proceso, imponiendo costas a la parte vencida.

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El incidente fue planteado por la parte demandada ante la inacción de la actora que no instó el proceso desde la providencia del 09 de agosto de 2012, a pesar de la intimación del art. 315 del CPCC. El juez consideró que la caducidad de instancia es una sanción para la inacción de los litigantes, establecida por orden público para evitar la prolongación innecesaria de los procesos. El tribunal destacó que en autos la parte actora no realizó actos procesales adecuados, por lo que determinó que procede hacer lugar a la caducidad de instancia y que las costas deben ser a cargo de la parte actora por resultar vencida. La decisión se fundamenta en que "la inacción por un lapso variable, cuando no responde a disposiciones legales o a causas no imputables a los litigantes, justifica la caducidad", y que "la caducidad de la instancia busca liberar a los órganos jurisdiccionales de la sustanciación cuando la parte interesada carece presumiblemente de interés en su prosecución". La resolución, además, difiere la regulación de honorarios para una etapa posterior a la firmeza de la misma.

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