CARDOZO MIGUEL ANGEL y otro/aC/ AQUINO ROBERTO ADRIAN y otros S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El incidente de caducidad de instancia fue acogido por el tribunal debido a la inacción de la parte actora desde agosto de 2016, tras la notificación. La resolución declara la extinción del proceso por inactividad y ordena costas a cargo del demandante.
El tribunal analiza la caducidad de la instancia en un proceso judicial en el que la parte actora no ha realizado actos procesales desde agosto de 2016, a pesar de haber sido notificada en junio de 2025. La causa de la inactividad no responde a causas no imputables a los litigantes, por lo que el tribunal concluye que la inacción ha resultado en la caducidad del proceso. La fundamentación principal se basa en la normativa del orden público que regula la inactividad procesal y en la jurisprudencia que sostiene que la caducidad busca liberar a los órganos jurisdiccionales de procesos que carecen de interés en su prosecución. La decisión se fundamenta en que la parte actora no cumplió con la carga procesal en el plazo establecido, resultando en la declaración de la caducidad y la imposición de costas a su cargo. La resolución destaca que, según el artículo 68 del CPCC, las costas deben ser a cargo de la parte vencida.
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