ERCOLI JORGE MIGUEL C/ VOLKWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La demanda por incumplimiento contractual y daños contra Volkswagen SA de Ahorro fue admitida y se condenó a la parte demandada a pagar $1.129.008, intereses y costas, por la falta de pago del reintegro de cuotas abonadas y otros daños asociados. La sentencia se confirma en apelación por su fundamentación legal y probatoria.
Quién demanda: Jorge Miguel Ercoli
A quién se demanda: Volkswagen SA de Ahorro para fines determinados
Qué se reclama: Reintegro de 84 cuotas pagadas, daño moral, daño punitivo y costas del proceso por incumplimiento contractual y negativa en pago tras la finalización del plan de ahorro.
Qué se resolvió: Se hizo lugar a la demanda, condenando a Volkswagen a pagar $1.129.008 por las cuotas abonadas, intereses y multa civil de $300.000, además de indemnización por daño moral de $250.000. La sentencia de primera instancia fue confirmada en apelación, considerando la conducta de la empresa como desatenta, violatoria de la ley de defensa del consumidor y con grave infracción a los derechos del consumidor, en un marco de evidente vulnerabilidad del actor.
Fundamentos principales de la decisión:
"En la especie se trata de un contrato de auto ahorro donde Ercoli rechaza el vehículo que se lo habría adjudicado y solicita, se reintegre el total de las 84 cuotas abonadas, conforme a lo previsto en el artículo 16:II:2.3: del contrato de adhesión que involucra a las partes... El actor no localiza en esta ciudad, el lugar donde debe percibir el cheque que se le comunica, ante la renuncia de la legitimada, pasiva a asistir a la experticia informática... La empresa accionada reconoce... que el accionante padecía inconvenientes para el cobro, efectuando-en sus dichos
- una transferencia bancaria, lo cual es rechazado por datos incorrectos... La conducta de la empresa accionada para el pago y la falta de colaboración para el efectivo reintegro, vulneran la legislación de protección al consumidor, configurando una grave infracción que justifica la sanción y la reparación integral del daño."
"Se evidencia que la conducta de la demandada, en su omisión y en la falta de colaboración para el pago, constituye una conducta virtualmente, desaprensiva, que amerita sanción, por lo que corresponde el pago de daño punitivo y daño moral, en suma, la reparación integral de los perjuicios."
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