.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró admisible el recurso de casación contra la sentencia que dispuso el decomiso del automóvil de Ciccone, y lo rechazó por improcedente, confirmando la validez del decomiso como consecuencia inherente a la condena por el delito de tenencia de estupefacientes.
El recurso fue presentado por la defensa particular de Juan Manuel Ciccone contra la resolución que dispuso el decomiso del automóvil Ford Focus, dominio EFK-246, tras la condena por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, firmada el 27 de marzo de 2024 y con firmeza adquirida en esa fecha. La defensa argumentó que el decomiso, dispuesto después de la sentencia firme, era extemporáneo y que debía haberse planteado en el juicio principal, no en la instancia de casación. El tribunal consideró que el decomiso es inherente a la condena, y que no requiere requerimiento expreso del Ministerio Público Fiscal, ya que surge de la sentencia condenatoria y tiene carácter de pena accesoria, vinculada a la finalidad de prevenir futuros ilícitos y garantizar la perennidad del efecto del delito. La Cámara concluyó que la medida no vulnera el principio de legalidad ni el artículo 522 del C.P.P., y que el recurso de casación debía ser rechazado por improcedente. Fundamentos principales: "Considero que el recurso deducido no puede prosperar. La razón o fundamento del decomiso reposa en la prevención de posteriores ilícitos y a lucros indebidos que resulten para el delincuente a consecuencia precisamente del hecho por el cual se lo condena, resultando así una pena accesoria o una consecuencia accesoria de la condena, que consiste en la pérdida a favor del Estado de los instrumentos del delito y de los efectos provenientes de aquél." "Así, la doctrina es pacífica al entender que no es necesario que la condena expresamente disponga el decomiso, ya que dicha medida surge de la sentencia condenatoria que impone una pena principal de cualquier especie." Votos en disidencia: Ninguno, todos los jueces coincidieron en el rechazo del recurso por improcedente.
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