.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires declaró admisibles y procedentes las quejas del Defensor particular contra resoluciones que revocaron beneficios de prisión preventiva y excarcelaciones, y rechazó los recursos de casación, fundamentando la protección del derecho al recurso y la razonabilidad de las decisiones judiciales.
El Dr. Julio Ricardo Beley, defensor particular de los imputados Joaquín Ingaramo y Sergio Eduardo Ingaramo, interpuso quejas contra decisiones de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial La Plata, que rechazaron sus recursos de casación y confirmaron las resoluciones que revocaron beneficios de libertad y prisión preventiva. Argumentó que las resoluciones le causan un daño irreparable y que vulneran el derecho al recurso, solicitando su revocación. La Sala Cuarta del Tribunal de Casación, tras analizar los antecedentes y las alegaciones, concluyó que las quejas fueron interpuestas en tiempo y forma, y que la vía de los recursos fue correcta y válida, por lo que las declaró admisibles y procedentes. En cuanto al fondo, rechazó los recursos de casación por improcedentes, confirmando las decisiones previas que justificaron las medidas cautelares por la existencia de peligros procesales y la necesidad de garantizar la prosecución del proceso. La sentencia destaca que las decisiones fueron fundadas en elementos probatorios y en la evaluación de riesgos, y que la protección del derecho al recurso no fue vulnerada. La Sala también resaltó que la decisión de mantener las medidas cautelares es razonable en la etapa procesal y que no existió arbitrariedad.
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