.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires resuelve inadmisible la queja por incumplimiento de requisitos formales y confirma la denegatoria del recurso de casación. La decisión se fundamenta en la incumplimiento del art. 433 del CPP, que exige la presentación de copias del pronunciamiento judicial impugnado y su identificación en el sistema telemático. La Sala sostuvo que la falta de estos requisitos imposibilita el análisis del fondo de la queja, justificando su inadmisibilidad y confirmando la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro. Se declara además inoficiosa la labor del letrado interviniente por no cumplir con las formalidades legales.
La queja fue presentada por Alexis Eugenio Carrizo contra la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro que confirmó la denegatoria del recurso de casación. La Sala de Casación Penal declaró inadmisible la queja debido a que el impugnante no acompañó las copias requeridas por la normativa, específicamente la resolución judicial impugnada y su disponibilidad en el sistema telemático. La fundamentación principal es que el art. 433 del CPP exige que la queja sea autosuficiente y que contenga los requisitos mínimos, incluyendo las copias del pronunciamiento que se cuestiona. La falta de estos elementos impide el análisis del fondo del recurso. Los jueces Natiello y Kohan coincidieron en que la queja no cumple con los requisitos formales, por lo que procede su rechazo. La resolución confirma además la inoficiosa labor del letrado interviniente por no cumplir con los requisitos legales.
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