GIMENEZ ENZO ARIEL LEONARDO C/ DOMINGUEZ NESTOR FABIAN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara Civil y Comercial confirmó la sentencia que condenó a los demandados por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, fundamentando la responsabilidad objetiva del demandado y la inexistencia de eximentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Enzo Ariel Leonardo Giménez, demanda por daños y perjuicios a Néstor Fabián Dominguez y Transporte Del Tejar SACIF, por lesiones sufridas en un accidente de tránsito ocurrido el 30/03/2019 en Villa Martelli, atribuyendo responsabilidad al conductor del microómnibus. La demandada en garantía, Mutual Rivadavia, fue citada y presentó su contestación en la que negó la responsabilidad y alegó que el hecho ocurrió por un impacto con una motocicleta embestida por otro vehículo. La causa penal y las pericias mecánica y psicológica respaldan la versión del actor. La sentencia de primera instancia atribuyó responsabilidad objetiva al demandado por la circulación imprudente del colectivo, y condenó a pagar una indemnización total de $23.565.000,00, incluyendo daños físicos, morales, psicológicos y gastos médicos. La Cámara confirmó la responsabilidad y la cuantía de la condena, rechazando los argumentos de la demandada y la citada en garantía. La prueba documental, pericial y testimonial avaló la mecánica del accidente y la responsabilidad del demandado. Fundamentos principales: "El evento dañoso ha sido probado con las constancias de la IPP, la pericia mecánica, y la historia clínica del actor. La mecánica del accidente, avalada por la pericia, indica que el colectivo giró sin precaución, encerrando al motociclista, lo que resulta en responsabilidad objetiva del conductor del vehículo de transporte público (arts. 1758, 1769 del C.C., y arts. 1721, 1746 del C.C. y C.N.). La versión del demandado, que atribuye el impacto a una motocicleta, no fue probada y resulta menos creíble frente a las evidencias del proceso. La responsabilidad del demandado se encuentra debidamente acreditada, sin que exista eximente legal que la atenúe."
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